Heredas una casa… pero alguien de tu familia ya vive dentro y no quiere salir
Cuando muere un padre, una madre o un abuelo, llega el momento del reparto de bienes.
Pero con demasiada frecuencia, lo que debería ser un trámite se convierte en un conflicto familiar.
Y uno de los más dolorosos es este:
- Heredas una parte (o el total) de una vivienda.
- Pero un hermano, un cuñado o un sobrino ya vive allí.
- Y cuando pides entrar, te cierran la puerta en la cara.
- No quieren hablar de reparto.
- No piensan irse.
- Y tú sientes que te están robando lo que te corresponde.
👉 Esta situación, por desgracia, es muy común. Y en JR Abogados llevamos más de 25 años ayudando a herederos a recuperar legalmente lo que su familia no quiere entregar.
¿Tienen derecho a quedarse en la vivienda si no está a su nombre?
No. Nadie puede ocupar una vivienda heredada sin autorización del resto de herederos.
Tampoco pueden impedir que tú entres, uses o reclames lo que legalmente es tuyo.
Y aunque la persona que está dentro sea:
- Tu hermano
- Tu tía
- Tu sobrino
- O el yerno de tu madre
Eso no le da ningún derecho de posesión legal.
Y si no hay acuerdo, puedes acudir a los tribunales.
¿Qué pasos debes seguir si no te dejan entrar en la vivienda que has heredado?
Aquí tienes una guía legal clara, paso a paso, que aplicamos desde JR Abogados para proteger a herederos que están siendo bloqueados por su propia familia.
Paso 1: Acredita que eres heredero
Aunque el resto de la familia lo sepa, es imprescindible que tú lo acredites legalmente.
Eso implica:
- Testamento (si lo hay)
- Certificado de defunción
- Certificados de últimas voluntades y seguros de vida
- Escritura de aceptación y partición de herencia
- Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad
👉 Si aún no habéis firmado la aceptación, también puedes actuar, pero con matices. Te lo explicamos en el siguiente punto.
Paso 2: ¿Hay aceptación de herencia o no?
🔹 Si ya hay escritura de adjudicación:
La propiedad ya está a tu nombre (solo o con otros). Entonces, puedes:
- Solicitar el desalojo del ocupante
- Reclamar uso compartido
- Pedir alquiler, compensación o venta
🔹 Si aún no hay adjudicación formal:
Sigues siendo heredero, pero en comunidad hereditaria.
Aún así, puedes:
- Pedir división judicial de la herencia
- Solicitar medidas provisionales
- Denunciar uso exclusivo sin compensación
👉 En JR Abogados iniciamos la reclamación según el estado de la herencia. Si no hay acuerdo, vamos al juzgado.
Paso 3: Requiere formalmente al familiar que ocupa la vivienda
Este paso es clave. Y debe hacerse con fuerza legal.
Desde JR Abogados enviamos un burofax redactado por abogado, con:
- Tu acreditación como heredero
- Descripción del inmueble y situación
- Requerimiento para permitir acceso o abandonar la posesión exclusiva
- Plazo determinado (generalmente 7 a 15 días)
- Advertencia de acciones judiciales
📨 Puedes enviarlo desde aquí:
👉 https://burofaxabogado.es
¿Y si el familiar no responde o se niega?
Entonces es momento de iniciar acciones judiciales.
Hay varias posibilidades según el caso concreto.

Vías legales para recuperar la vivienda heredada ocupada por un familiar
✅ 1. Demanda por precario
Es la vía más directa cuando alguien ocupa sin título legal.
Aunque sea un hermano o primo, si:
- No hay contrato
- No hay cesión con autorización
- No está en el testamento como legatario exclusivo
👉 Se le puede demandar por precario.
El juez puede ordenar su desalojo en menos de 4 meses.
✅ 2. División judicial de la herencia
Si no hay acuerdo para repartir la vivienda, y el ocupante bloquea el reparto o se niega a abandonar, puedes:
- Solicitar judicialmente la división de herencia
- Pedir valoración de la vivienda
- Exigir que se venda (y se reparta el dinero)
- O que se adjudique a uno pagando la parte del resto
👉 Esta vía evita bloqueos eternos.
En JR Abogados llevamos el procedimiento completo: tasación, demanda, partición.
✅ 3. Indemnización por uso exclusivo
Aunque no puedas desahuciarlo de inmediato, puedes reclamar que:
- Te indemnice por los meses o años de uso exclusivo
- Te pague una renta proporcional
- Se descuente esa cantidad del reparto final
🔹 Incluso si el familiar tiene necesidades económicas, la ley no permite que se beneficie sin compensar.
✅ 4. Acción de desahucio si hay herencia ya repartida
Si tú tienes la propiedad (total o en proindiviso), y el familiar ocupa sin tu consentimiento, puedes presentar:
- Desahucio por precario
- Acción de recuperación posesoria
- O incluso denuncia por usurpación si nunca residió allí
👉 Lo importante es actuar cuanto antes, para que no alegue arraigo o vulnerabilidad.
¿Qué pruebas necesitas?
En JR Abogados elaboramos una carpeta de pruebas sólida. Incluye:
- Escritura de aceptación o testamento
- Certificado de defunción
- Notificaciones previas (burofax)
- Testigos
- Certificados de empadronamiento
- Facturas de suministros
- Fotografías
- Informes de notarios o policía local (si ha habido conflictos)
¿Y si te amenazan con romper la familia?
Aquí entra la parte más dura.
Muchos herederos se paralizan por miedo al conflicto familiar.
Pero la realidad es esta:
- El conflicto ya existe: tú no puedes usar lo que es tuyo.
- Lo que no reclames ahora, puedes perderlo para siempre.
- La justicia está para equilibrar lo que la familia no quiere resolver.
- No estás desheredando a nadie. Estás reclamando lo que te corresponde.
👉 En JR Abogados actuamos con discreción, firmeza y sin enfrentamientos innecesarios.
Casos reales gestionados por JR Abogados
🔹 Hermano mayor se quedó a vivir en la casa tras fallecer la madre
El resto no podía entrar. Enviamos burofax, luego demanda por precario.
En 5 meses se recuperó la vivienda. Reparto igualitario tras tasación.
🔹 Sobrino que vivía con la abuela y se quedó tras su fallecimiento
Decía tener derecho “moral”. Pero no figuraba en el testamento.
Desahucio por precario con sentencia firme. Se ordenó lanzamiento.
🔹 Dos hermanas copropietarias. Una ocupaba y no quería vender.
Iniciamos procedimiento de división de cosa común. Juez ordenó venta y reparto del dinero.
Preguntas frecuentes
¿Puedo entrar en la vivienda aunque no me dejen?
No sin orden judicial. Aunque seas heredero, si alguien reside dentro, necesitas actuar legalmente.
¿Cuánto tarda recuperar la posesión?
Con burofax previo y demanda de precario, en torno a 3-5 meses. La división de herencia puede tardar más, pero es definitiva.
¿Y si hay menores o personas vulnerables en la vivienda?
El juez valorará su situación. Pero si no hay derecho legal de ocupación, no se les permite quedarse indefinidamente.
¿Y si aún no hemos hecho la aceptación de herencia?
También puedes actuar. Podemos iniciar división judicial y solicitar medidas para proteger tu parte.
¿Qué pasa si el familiar ha cambiado cerradura o alquila habitaciones?
Es aún más grave. Podemos pedir desalojo urgente y reclamar lo cobrado indebidamente.
¿Por qué elegir JR Abogados?
- ✅ Más de 25 años resolviendo conflictos familiares por herencias
- ✅ Gestión completa: desde burofax hasta sentencia judicial
- ✅ Expertos en desahucios por precario, división de herencia y copropiedad
- ✅ Trato humano, confidencial y firme
- ✅ Presupuesto cerrado y sin sorpresas
📞 91 128 99 85
🌐 https://jrabogados.es
📲 Contacta directamente en: https://consultalegal.abogado
✉️ Requiere legalmente desde: https://burofaxabogado.es
La herencia no es una discusión. Es un derecho.
Y cuando alguien lo bloquea, no queda más opción que actuar.
JR Abogados: 25 años defendiendo lo que te pertenece.

